El Pleno Legislativo emitió la Ley transitoria para el ajuste del pago de la tasa anual establecida en el artículo 116 de la Ley de Telecomunicaciones por la crisis del COVID-19, debido a que la inversión publicitaria, que es el principal sustento de la radio y la televisión, ha sufrido una fuerte y notoria caída por la crisis económica, provocada la pandemia, tanto a nivel nacional como internacional.
De acuerdo con el artículo 116 de la Ley de Telecomunicaciones, los titulares de títulos habilitantes del uso del espectro radioeléctrico para los servicios de radiodifusión sonora y televisiva están obligados al pago de una tasa anual que se calcula con base a una fórmula establecida en dicha disposición.
En ese sentido, la Ley transitoria, en su artículo 1, establece que los mencionados titulares gozarán para el año 2020 del 90% de descuento en el pago de la tasa establecida en el art. 116, y que anualmente paga en el mes de octubre a la SIGET para cubrir los costos relacionados con las labores de gestión, administración y de vigilancia.
Dicha tasa anual establecida en la normativa representó para la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) en el año 2018 el 4.54 % de sus ingresos anuales, y en el año 2019 el 4.93 %, indica el dictamen.
No obstante, el pago de esta tasa anual, representó para los radiodifusores uno de los mayores costos financieros en la operación de las estaciones de radio y televisión. A fin de mitigar las consecuencias económicas, asegurar el funcionamiento y preservar la independencia de los medios de comunicación, es necesario otorgar un descuento en el pago de dicha tasa.
Otro de los argumentos establecidos en el dictamen aprobado es que “los medios de comunicación también requieren de medidas económicas que les permitan seguir operando, ya que durante la crisis sus operaciones aumentaron en orden de generar la mayor y mejor información sobre la misma; sin embargo, de manera proporcionalmente inversa disminuyó la actividad comercial y publicitaria”.